¿QUE
ES EL ESTADO?
Como parte de la evaluación
que se me realiza en la materia de Teoría del Estado correspondiente a la
carrera de Gobierno y Administración pública, en esta ocasión me daré a la
tarea de obsequiar al público lector una
propia definición de lo que es el
Estado. Dicha definición será constituida y explicada apelando all marco
teórico y las características que se han
visto en clases, esperando que cualquier persona que se inicia en el estudio de
la política o algún erudito en ella, pueda comprender, criticar y aportar sus
puntos de vista de este concepto. Sin más preámbulos comienzo con mi
definición:
“El Estado es la
entidad y/u organismo político-administrativo que tiene la plena capacidad
soberana de ejercer una institucionalización de gobierno por medio de la
instauración de normas y un orden social cuyo objeto de acción será hacia una
población y espacio específicos, limitados y diversos en los que ejercerá su
autoridad”
Habiendo definido el
concepto, estamos en posibilidad de iniciar la explicación de sus partes para
poder profundizar en sus elementos y de esta manera comprender plenamente lo
que es y hace el mismo.
El
Estado como entidad u organismo
político-administrativo. Según
una definición básica del diccionario pero no por ello menos importante, entidad es una colectividad que esta considerada
como una unidad, es decir, un conjunto de muchos elementos que al reunirse son
apreciados como uno solo. Mientras que un organismo
es un conjunto de personas que trabajan para lograr un fin o fines
determinados. Por otra parte, con político-administrativo nos referimos a que
sus labores únicamente se reducen los ámbitos del ejercicio de la política y a
la administración de cualquier bien o servicio que son considerados como
públicos.
Las definiciones anteriores
nos advierten entonces que el Estado SON (unidad) muchas personas
(colectividad) que trabajan para lograr los fines políticos y administrativos
de la población a la que pertenecen.
I. El Estado tiene plena capacidad soberana. La autonomía es un
concepto que se puede aplicar tanto a individuos como a instituciones pero
cuando hablamos de Estado(s) creo necesario aplicar la palabra soberanía, pues esta, es una
descripción mas excelsa, precisa y
amplia que la de autonomía; entendiendo por soberanía como una cualidad de autoridad
y poder supremos y dominantes sobre cualquier cosa animada e inanimada.
Mientras que la autonomía se entiende
como la capacidad de una persona o institución para decidir por sí mismo qué
hará, cómo lo hará y por qué lo hará sin que nadie más le obligue.
Queda demostrado entonces que si bien, el
Estado tiene la capacidad autónoma de decisión, esta no implica esa esencia de
alta superioridad a la que alude la soberanía.
Sin embargo, con fines pedagógicos y prácticos, en la teoría se concibe que
la autonomía es simplemente el
especifico ámbito de acción que es la política de la cual están excluidos otros
aspectos como la religión, la milicia, la filosofía, etc., y que a pesar de que
hayan sido parte y aportadoras de técnicas en la conformación de los Estados,
no constituyen ya alguna influencia para la toma de decisiones de los Estados
modernos.
II. Ejercicio
de la institucionalización del gobierno. En términos simples
esto significa que el Estado establecerá su dominio o gobierno a través de
instituciones que actualmente les podemos llamar secretarias (por ejemplo) de
áreas generales como SEP, SEDENA, SEDESOL, etc. El gobierno se deposita en un
conjunto de instituciones permanentes y ya no en personas específicas como se
hacía en las monarquías absolutas.
El poder y su ejercicio son permanentes y
transferibles a lo largo del tiempo mediante el establecimiento de procesos de
selección de las personas que se encargarán del ejercicio temporal y
monopólicamente del poder según las normas que se dicten.
III. La
instauración de normas y un orden social. Esta
característica de la concentración de la coacción comprende de dos rasgos:
a) El Estado
como monopolista de la producción de normas, la cual se refiere
a que el Estado es la única entidad autorizada legítimamente para crear las
leyes, sin que ninguna otra entidad dígase provincia, nación o persona pueda
alterar, crear o imponer normas diferentes o contrarias sin su consentimiento.
b) El Estado como monopolista de la Administración de la Fuerza Pública (manera más sutil de nombrar al uso legitimo de la violencia) llámese ejército, marina, policía, guardia nacional o cualquier cuerpo de carácter marcial, el cual es el único autorizado para realizar las maniobras y/o acciones de carácter físico y violentas para defender, imponer o mantener el orden social que se establece en las normas dictadas por dicha entidad.
IV. Hacia
una población y un espacio especifico, limitado y diverso. La
característica del territorio sin duda alguna es indispensable para la
concepción de Estado; sin embargo, considero que en esa misma importancia se
debe considerar la población, pues sin esta, la administración de las normas y
de la fuerza se vuelven completamente obsoletas, por no decir absurdas, pues si
se crean normas para un lugar que no está habitado, aunque dicho lugar este
dentro de los límites de la entidad, las normas no serán aplicadas por nadie
(como en algunos pueblos fantasmas del país). En cambio si un ciudadano comete un
delito y desde un Estado extranjero se le alcanza y extradita, las leyes del Estado
al que pertenece aún tienen la facultad
para someterlo y aplicar la ley que corresponde. Es por esto que insisto
en el aceptar la igualdad de importancia de la población y el territorio pues
no me atrevo a afirmar que la población es mayor aun que el territorio.
A manera de conclusión podemos decir satisfactoriamente que el concepto de estado antes plasmado ha sido definido, más o menos, de manera equilibrada y sensata, teniendo como base las características más importantes que se han observado, en mayores o menores intensidades, a lo largo del las historias de la conformación de los Estados políticos (por así llamarlos) antiguos y modernos.